Área Legal

La Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, surge para dar cumplimiento al artículo 40.2 de la Constitución Española y a su vez supone la respuesta del estado español a la Directiva Marco 89/391 de la Unión Europea. Esta Ley tiene por objeto promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la unión de esfuerzos de las Administraciones Públicas, empresarios y trabajadores.

Para los empresarios establece el deber de garantizar una protección eficaz de la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio; este gran deber se articula , a su vez, a través de una serie de obligaciones entre las que se encuentran la de establecer un sistema de gestión de la prevención integrado en la empresa, la de evaluar los riesgos que no se puedan evitar, la de garantizar la formación en materia preventiva a sus trabajadores, proporcionar equipos de protección individual y velar por su uso efectivo.

La Ley 31/1995 ha sido desarrollada por una serie de Reglamentos que concretan y especifican algunas de estas obligaciones:

  • RD 39/1997 por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
  • RD 486/1997 por la que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
  • RD 1215/1997 disposiciones mínimas de seguridad y salud de los equipos de trabajo.
  • RD 773/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por parte de los trabajadores de los equipos de protección individual
  • RD 171/2004 sobre coordinación de actividades empresariales.

Además de toda esta normativa específica de prevención de riesgos laborales, se deberán también tener en cuenta las prescripciones que puedan contener los convenios colectivos sectoriales o de empresa, así como cualquier otra norma que contenga prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o susceptibles de producirlas. Con todo ello, el conjunto normativo que resulta de aplicación puede ser extremadamente extenso y complejo.

Servicio Balear de Prevención pone a disposición de sus clientes toda una organización de profesionales que les asesorarán en todos los aspectos de la normativa de prevención de riesgos laborales, haciéndola fácil y entendible para el profano en la materia.

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