Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Constituye una nueva regulación del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Se concibe la Inspección de Trabajo y Seguridad Social como un servicio público encargado de la vigilancia y control de la normativa social, que contribuye a preservar los derechos de los trabajadores y a sostener el sistema de protección social, y que debe potenciar su función mediadora en los conflictos laborales, y la de información y asistencia técnica a empresas y trabajadores.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social se ejerce por Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y Subinspectores laborales
El Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social pasa a denominarse de Subinspectores Laborales, que se divide en dos escalas: la Escala de Empleo y Seguridad Social y la nueva Escala de Seguridad y Salud Laboral. La escala de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social, estará formada por el actual Cuerpo de Subinspectores. La nueva Escala de Subinspectores de Seguridad y Salud Laboral tendrá funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales, lo que permitirá ampliar y reforzar la actuación de la Inspección en esta materia.
De esta forma, las funciones relativas a la comprobación de las condiciones materiales de trabajo u otras análogas en materia preventiva, que hasta ahora desarrollaban los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, podrán ser también desempeñadas por los Subinspectores, bajo la coordinación y dirección de un Inspector.
Se considera que la medida redundará en una mayor eficacia y más pronta respuesta a los requerimientos de la sociedad en cuestiones que afectan a la vida y salud de los trabajadores.